Diario Perfil
9 de Septiembre de 2007
Censura y publicidad oficial
La Constitución Nacional y los tratados internacionales sobre derechos humanos suscriptos por nuestro país nos reconocen el derecho a la libertad de expresión sin censura previa.
Roberto Saba*
2007-09-09
00:16:58
La Constitución Nacional y los tratados internacionales sobre derechos humanos suscriptos por nuestro país nos reconocen el derecho a la libertad de expresión sin censura previa. Por otra parte, el Estado tiene el deber de dar a publicidad sus actos y llevar a cabo campañas de información que den cuenta de sus políticas, difundan la necesidad de darse una vacuna o el vencimiento de un impuesto. Estas se llevan a cabo, muchas veces, a través de la publicación de avisos pagos en los medios de comunicación. A esto nos referimos cuando hablamos de publicidad oficial.
Nadie, ningún medio, tiene derecho a recibir publicidad oficial. Pero todos los que reciben esos avisos tienen derecho a no dejar de recibirlos como consecuencia del contenido crítico de lo que publiquen. Si un gobierno, municipal, provincial o nacional, retira la publicidad oficial de un medio en represalia porque está disgustado con algún contenido, incurre en lo que la Convención Americana sobre Derechos Humanos llama “censura indirecta”. A diferencia de la censura directa, la indirecta es sutil, intenta operar sobre el miedo futuro del medio presionado y de los otros. Cada vez que se retira publicidad oficial, se intimida a ése y a todos los medios que la reciben y no quieren perderla. Esto se agrava en muchas provincias, donde la publicidad oficial es el sustento principal del medio. Ese retiro de publicidad no opera sólo como censura, sino que también nos priva a todos de gozar del derecho de recibir información. Cada voz que se calla nos perjudica porque sólo conoceremos una campana. Pierden la democracia y el debate público.
El reproche y prohibición de la censura indirecta ha sido puesto de relieve por la sociedad civil nacional e internacional y por el relator de la OEA para la Libertad de Expresión. Había sido sugerido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el Caso Emisiones Platenses SA y confirmado esta semana en un formidable fallo, en un caso que enfrentó al diario Río Negro contra el gobernador Sobisch. Allí el juez Lorenzetti sostuvo que “el comportamiento de la provincia de Neuquén configuró un supuesto de presión, puso en riesgo la integridad del debate público y afectó la libertad de prensa”. Estas palabras deben llegar al Gobierno nacional y otros gobiernos provinciales que podrían estar llevando a cabo prácticas similares. El silencio y la autocensura nos perjudican a todos. La democracia pierde porque nos privan de gozar de nuestro derecho a saber.
*Director ejecutivo de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC).
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